Arturo Escobar señaló que se separará de su cargo como subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación con el objetivo de «facilitar el adecuado curso de las investigaciones»
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— Arturo Escobar (@ArturoEsc) November 26, 2015
Con información de Animal Político
Por la presunta violación de la ley electoral, la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) dela PGR solicitó que un juez gire una orden de aprehensión en contra de Arturo Escobar, exdirigente del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y actual subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación.
Lo anterior causó la renuncia de Escobar a su cargo en la Segob. “Rechazo las imputaciones en mi contra y expreso mi plena confianza en que se esclarecerán los hechos y se confirmará mi inocencia”, señaló el exfuncionario a través de su cuenta de Twitter.
Tras una investigación de seis meses, la FEPADE acusa a Escobar de violar la ley electoral, ya que, como representante del Verde, Escobar celebró un contrato con una empresa para la elaboración y entrega indebida de 10 mil tarjetas Premia Platino.
La violación a la ley electoral radica en que se prohíbe que partidos, candidatos o equipos de campaña entreguen cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, en especie o efectivo, por representar un “indicio de presión” al elector para obtener su voto.
El delito del que se acusa a Escobar está previsto en el artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, que castiga a quien destine o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato o partido, cuando exista una prohibición legal para ello.
“Se impondrá de mil a cinco mil días multa y de cinco a quince años de prisión al que por sí o por interpósita persona realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley.
“La pena prevista en el párrafo anterior, se aumentará hasta en una mitad más cuando la conducta se realice en apoyo de una precampaña o campaña elector”, indica el artículo.
Tras la solicitud, el juez cuenta con un plazo de 10 días para conceder o negar la orden de aprehensión, o bien, devolver el expediente al Ministerio Público de la FEPADE para su perfeccionamiento.
El Partido Verde emitió un comunicado en el que expresa que “la FEPADE remitió a un juez, un expediente para que valore si existen o no elementos que pudieran ser constitutivos de la comisión de algún delito electoral”, por lo que “es absolutamente falso e improcedente señalar a Arturo Escobar y Vega como responsable de algún delito, toda vez que no se ha iniciado ningún proceso penal, ni tampoco existe orden de aprehensión en su contra. Cualquier otra interpretación resulta infundada, dolosa y abusiva”.
Indica que Arturo Escobar cuenta con el “total respaldo” del Partido y que estarán “atentos y exigiremos a las autoridades judiciales que actúen con pleno apego a derecho, para que aclaren puntualmente y de una vez por todas, que en este caso no existe, ni ha existido delito que perseguir”.
La tarjeta Premia Platino, con la que se ofrecieron descuentos en más de 8 mil establecimientos, fue entregada en domicilios de personas no afiliadas al PVEM, antes y durante la campaña, junto con una hoja con la leyenda “Felicidades, muchas gracias por ser Verde”, y el logotipo de ese partido.
FEPADE consigna otros casos derivados de las elecciones de este año
Mediante un comunicado, la FEPADE dio a conocer que consignó tres averiguaciones previas.
Explicó que para gobernador de Colima, la Fepade ejerció acción penal contra un secretario del gobierno estatal de la administración anterior, por ejercer supuesta coacción del voto hacia sus subordinados, en favor de un partido político.
Dicha acción constituye un ilícito electoral en términos de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en su Artículo 11 fracciones I y II, detalló.
En el contexto de la misma elección, sobre la indagatoria relacionada con la alteración del listado nominal en el estado de Colima, previsto en el ordinal 13 Fracción II de la citada Ley, la Fiscalía también ejerció acción penal contra los abogados de quien fuera candidato a gobernador en los pasados comicios.
A continuación puedes consultar el comunicado completo de la FEPADE.