Presenta PAN Coahuila impugnación por ratificación de consejeros electoralesUNIMEDIOS/SALTILLO.– Bernardo González Morales, secretario general del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en Coahuila, presentó de manera formal una impugnación al acuerdo mediante el cual el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana en el estado solicitó al Congreso del Estado la ratificación de los consejeros Leopoldo Lara Escalante y Carlos Arredondo Sibaja.

 El secretario general y representante del PAN Coahuila ante el Consejo General del IEPCC explicó que el juicio electoral presentado es en contra del acuerdo 49/2013 en el que el órgano electoral solicitó al Congreso del Estado ratificar de dichos consejeros, esto sin el análisis y evaluación correspondiente.

 González Morales dijo que en un primer plano, el IEPCC no se ajustó a lo establecido en sus disposiciones normativas en lo relativo al procedimiento de ratificación para lo que se violaron los artículos 14,16,17,41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 27 numeral 5 y 6 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza.

 Así mismo se violó el artículo 79 y 88 del Código Electoral de Coahuila de Zaragoza, el artículo 52 de la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como el artículo 14,63 y 64 del Reglamento Interior del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado.

 Explicó que la convocatoria en mención violenta flagrantemente la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas por los servidores públicos en el desempeño de su empleo, cargo o comisión tal como lo señala el artículo 52 fracción XIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el cual establece que todos servidores públicos deberán: “Excusarse de intervenir en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tengan interés personal”.

 El secretario general expuso que el Consejero Presidente debió haberse excusado de convocar a sesión de mérito toda vez que en la misma y por tener el carácter de extraordinaria sólo fue abordado tal tema y como se estableció en el orden del día el proyecto adjunto fue abordado y presentado por la Secretaría Ejecutiva para darle cumplimiento, es decir el proyecto donde se propone su ratificación, en la cual evidentemente tiene un interés personal que sería un beneficio para él se violan claramente los principios de legalidad, certeza e imparcialidad que debe regir el actuar como autoridad electoral.

 Además dijo que el acuerdo enviado al Congreso del Estado carece de la motivación que de origen a  la ratificación de dichos consejeros electorales, ya que el órgano electoral se limitó a transcribir la fundamentación, violando el artículo 16 Constitucional que exige debida fundamentación y motivación que justifique su actuación, en respeto a las garantías de seguridad jurídica y legalidad.

 El representante general ante el IEPCC explicó que el órgano electoral también violó un importante paso establecido en la Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que indica es necesario realizar una evaluación con base en el seguimiento de actividades efectuadas en dicho cargo; “Durante el tiempo de su encargo, el IEPCC debió demostrar actuó permanentemente con diligencia, excelencia profesional y honestidad invulnerable, cosa que no fue así”. Finalizó.

Por UNIMEDIOS DIGITAL

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