POR JESSICA ROSALES

UNIMEDIOS/ SALTILLO, COAHUILA.- A pesar de que en el 2011 el Tribunal Superior de Justicia del Estado declaró inconstitucional la disposición del Código Civil de Coahuila que prohíbe a parejas del mismo sexo adoptar, el Congreso del estado no ha acatado esta resolución.Adopción entre parejas del mismo sexo

A poco más de un año, el presidente del tribunal, Gregorio Pérez Mata dijo que no pueden obligar al poder legislativo a modificar las leyes, aunque indicó que las parejas que se sientan agraviadas pueden acudir ante esta  autoridad judicial para exigir su derecho.

“Nosotros tenemos dentro de nuestras facultades meramente declarativo, es decir, nosotros declaramos, señalamos y llegamos a la conclusión de que la prohibición de la adopción era en contra dela Constitución, ya corresponde al órgano legislativo adecuar la legislación, no tiene efectos vinculatorios en forma directa”, dijo.

El Congreso de Coahuila aprobó en enero de 2007 reformar el código civil del estado para incluir el Pacto Civil de Solidaridad, una figura jurídica que formaliza la vida en común tanto de parejas del mismo sexo como heterosexuales, y en la que surgen algunas obligaciones similares al matrimonio, como la asistencia, la alimentación y el respeto mutuo.

El pacto, compuesto por cinco capítulos, contiene el numeral 7 del artículo 385, que expresa que “los compañeros civiles del mismo sexo no podrán realizar adopciones en forma conjunta ni individual. No podrán compartir o encomendar la patria potestad o guardia y custodia de los hijos menores de otros”.

En marzo de 2007, ocho diputados panistas de la 57 Legislatura argumentaron ante el tribunal que todo el pacto era anticonstitucional y, aunque no pidieron modificar el numeral 7, más de cuatro años después los magistrados ordenaron al Congreso modificar “a la brevedad posible” el Código Civil y la constitución estatal.

La bancada del PAN expresó en aquel entonces que “todo el pacto” era inconstitucional porque era discriminatorio, atentaba contra la familia y no siguió el procedimiento legislativo adecuado, dijo la magistrada Miriam Cárdenas Cantú, ponente del fallo del tribunal.

Los magistrados, sin embargo, consideraron que el numeral 7 del artículo 385 sí vulneraba los derechos de las parejas del mismo sexo y lo declararon inconstitucional. Siete de los magistrados votaron a favor de esta acción y cinco decidieron que permaneciera así.

En diciembre del 2011, el Tribunal Superior de Justicia del Estado declaró inconstitucional la disposición del Código Civil de Coahuila que prohíbe a parejas del mismo sexo adoptar en conjunto a menores de edad, luego de que los magistrados analizaran durante cuatro años una propuesta del conservador Partido Acción Nacional (PAN).

A pesar de lo anterior, los diputados no han acatado la resolución judicial, aunado a que el tribunal destaca que no tiene la facultad de obligar ya que corresponde al Legislativo adecuar las leyes y a los magistrados únicamente señalar.

 

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