MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró en las primeras horas de este jueves la validez de las elecciones en los 300 distritos electorales en que se divide el país.

Así, al resolver todos los recursos de inconformidad relacionados con las elecciones federales del 7 de junio, quedaron electos los 300 diputados de mayoría.

El Instituto Nacional Electoral (INE) podrá ahora realizar el cómputo final de votos y determinar la asignación de los 200 diputados de representación proporcional a más tardar el domingo 23 de agosto.

Eso permitirá que la Cámara de Diputados se instale el 1 de septiembre.

Sin embargo aún podría darse el caso de impugnaciones electorales, y eventuales cambios, pues el TEPJF ordenó al INE emitir nuevas resoluciones en materia de fiscalización.

El magistrado Flavio Galván precisó que en todas las sentencias emitidas por el TEPJF para confirmar la validez de las elecciones se dejó en claro que se emitieron con las constancias que hay en los expedientes.

Pero las resoluciones que el INE emita en materia de fiscalización aún pueden ser motivo de impugnación ante el TEPJF “con todas las consecuencias jurídicas”, estableció.

Es decir, aún podrían acreditarse violación de topes de campaña. Esta es una causal de nulidad de una elección si se da bajo el supuesto de 5 % de rebase en el límite de gasto y que la diferencia de votos entre los candidatos que quedaron en primero y segundo lugar sea menor a 5% de votos.

Cuestionan al INE

Al analizar recursos promovidos por los partidos para inconformarse con resoluciones del INE en las que resolvió que no hubo rebases de topes de campaña en diversos distritos del país, los magistrados ordenaron al INE emitir nuevas, en por lo menos 5 casos en que le ordenaron exhaustividad y valoración de las pruebas.

Por eso los magistrados se declararon impedidos de resolver por ahora sobre la eventual nulidad de elecciones por rebases de tope de campaña y atribuyeron al INE fallas en la fiscalización.

El magistrado Manuel González Oropeza advirtió que la obligación del TEPJF es dar certeza, “y en este momento, 19 de agosto, queremos dar certeza, y la daremos. De tal suerte que con las constancias que tenemos en los expedientes nos pronunciaremos respecto de la validez de la elección, no sin dejar de tomar en cuenta que existen procedimientos que todavía el INE no ha concluido, no ha investigado, no hay sido exhaustivo, y que tendrá que hacer, tendrá que hacerlo”.

No podemos –agregó- dejar que el INE “convalide este tipo de deficiencias en el procedimiento que ha sustanciado por el solo hecho del plazo legal que nosotros tenemos la obligación de respetar”.

Los magistrados recordaron que el 7 de agosto revocaron los dictámenes y proyectos de resolución emitidos por el INE relativos a las campañas federales y locales, y se le emplazó a resolver en 5 días, pero –indicaron- no se cumplió su sentencia.

Esa circunstancia no siempre se debió al tiempo, expuso la magistrada María del Carmen Alanís.

“El INE cuestionó que este Tribunal sólo le había dado cinco días para resolver todas las quejas” pero señaló dos casos donde se muestra que pasó un mes sin que la Unidad Técnica de Fiscalización hay realizado actividades, “esto evidencia que no fueron cinco días con los que contó el INE, como lo dijeron en la sesión pública y en los medios”.

Se debieron de haber emitido las resoluciones antes del 3 de agosto y nos encontramos que “en muchos casos las resoluciones correspondientes al INE, a la Unidad de Fiscalización, no se valoraron las pruebas allegadas y hace falta documentación; esto es, que necesariamente nosotros tenemos que resolver ya (y) revocarse ese tipo de resoluciones”, expuso el magistrado Pedro Esteban Penagos.

Por UNIMEDIOS DIGITAL

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